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  • Consulta : 283649
  • Autor : sofra
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  • sofra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Depende de su contrato laboral, como regla general y de acuerdo a la LFT deberan de pagarle en un factor mayor los dias que de manera oficial son no laborables o de descanso obligatorio, es recomendable que lo vea un especialista en materia laboral.