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  • Consulta : 282114
  • Autor : AdvocatusRectus
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  • Autor
    Respuesta No: 393389

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El término improrrogable es de diez días, contados a partir de que surta sus efectos la notificación del auto en que se citó para sentencia. Saludos.