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  • Consulta : 281120
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 391178

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    eva_3valdez:

    La negativa de devolución del anticipo por cancelación, seguramente está referida a que usted cancele su asistencia al evento, y más concretamente y dentro de la mejor técnica jurídica, en vez de cancelación se debe mencionar la rescisión del contrato por parte de usted, la compradora del boleto, pero nunca por cancelación del evento.

    Lo anterior es en base al contenido de su consulta que, a decir verdad, es muy incompleto, sin embargo la experiencia como abogado me hace presumir que las cosas son como afirmo, pero entonces usted tiene derecho a la devolución de su dinero, y además una indemnización porque el organizador del evento lo canceló.

    Lo más interesante para usted y para quienes compraron boletos o pagaron un anticipo de su precio, es que pueden demandar una indemnización por el daño moral que se les ocasiona al cancelar el evento, siendo que el organizador les ocasionó un demérito patrimonial y un daño moral que por lo mismo usted está acudiendo a estos foro para asesorarse legalmente.

    De la mayor importancia es que el organizador del evento le hizo firmar un contrato para evitar devolver el precio del boleto en el caso de que usted rescindiera el contrato, pero entonces dicho organizador debe responder por la cancelación del evento y pagar las consecuencias de tal cancelación.

    Es insuficiente que el organizador invoque "causas de fuerza mayor" para incumplir con su compromiso mercantil, y tiene que especificar claramente cuáles son esas "causas de fuerza mayor" y probar la existencia de las mismas.

    En este punto surge que usted, y quienes se encuentren en la misma situación, pueden interponer demanda mercantil reclamando su dinero y su indemnización, pero le recomiendo que antes de hacer tal demanda, acuda ante el agente del Ministerio Público e inicie indagatoria por el delito de fraude cometido en su agravio y en contra del organizador del evento, este consejo es sobre todo porque para la demanda mercantil deberá gastar en abogado, mientras que con el agente del Ministerio Público se ahorrará tal gasto.