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  • Consulta : 281109
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 391151

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿Prestarle a su hijo? ¿De dónde sacó ese concepto antijurídico? No me conteste yo lo sé, se llama alienación paternal. Pero desgraciadamente aún no ha sido reconocido por nuestros legisladores. El convenio que celebraron las partes ante el Juez es cosa juzgada y ambas partes deben estar y pasar por él en todo momento y en todo lugar, si USted está cumpliendo con el convenio, la madre carece de derecho alguno para condicionar las visitas a las que Usted tiene derecho con su hijo. Acuda ante el Juez que conoce del juicio de divorcio a efecto de que la madre cumpla con el convenio. Además todo lo que quiera entregar de forma extraordinaria por concepto de alimentos debe quedar registrado con acuse de recibo. Necesita urgentemente de abogado especialista en la materia familiar para que le asesore. Sólo corra lo más lejos que su teclado le permita de cuanto coyote hambreado se "ponga a sus órdenes" en este foro de asesoría gratuita publicando datos de contacto y con celular porque ni para oficina tienen.