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  • Consulta : 280865
  • Autor : PeregrinaSalazar
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  • Autor
    Respuesta No: 390782

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Si se puede llevar acabo el cambio de régimen patrimonial.

    Tienes dos opciones, si esta de acuerdo el señor, puedes hacerlo ante Notario Publico o Juez Familiar… es más rápido ante Notario que un Juez

    Si no esta de acuerdo el señor, debes solicitarlo al Juez Familiar.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”