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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Septiembre de 2016 20:38 2016-09-05 20:38 desde IP: 201.141.214.1
Buenas noches.
Si se puede llevar acabo el cambio de régimen patrimonial.
Tienes dos opciones, si esta de acuerdo el señor, puedes hacerlo ante Notario Publico o Juez Familiar… es más rápido ante Notario que un Juez
Si no esta de acuerdo el señor, debes solicitarlo al Juez Familiar.
“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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