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  • Consulta : 280860
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 390804

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No procedería ninguna acción penal ya que no hay delitos por deudas de carácter civil. Pero por otra parte le informo que en el caso de que descuide el asunto por considerarlo incobrable, y de darse el caso operara la caducidad de la instancia, entonces Usted tendría que pagar los gastos y costas al demandado. Y a quien le diga que la insolvencia es fraude, que le garantice con fianza su temeraria afirmación.