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  • Consulta : 280529
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 390073

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    enaugly:

    Dos noticias, la primera es mala y la segunda muy buena.

    La mala es que garovalo se equivoca totalmente, pues el delito es de robo y más concretamente es una especie de delito agravado denominado "robo de empleado" si es que usted trabajó en esa empresa, o de "robo en lugar cerrado" si usted era ajeno a la empresa que tenía el equipo.

    La buena o mejor dicho muy buena noticia, es que usted nunca confesó conforme a derecho (ante el agente del Ministerio Público), y aunque el poligrafista hiciera una denuncia formal, ésta nunca prosperaría como explicaré a continuación.

    En efecto, para que la denuncia pueda integrar una carpeta de investigación, será menester que el agente del Ministerio Público obtenga la declaración del representante legal de la empresa en la cual usted consiguió el objeto, pero además de ello se requiere que dicho representante legal acredite la legal procedencia y posesión de dicho objeto.

    Pero como la empresa solamente puede ser identificada mediante la declaración de usted, pero en todo caso, si lo llegara a citar el agente del Ministerio Público para declarar bastará que usted manifieste que niega los hechos de la im-p-u-t-ación, para que el expediente sea remitido al archivo de No Ejercicio de la Acción Penal por falta de elementos para proceder.

    Puede usted estar tranquilo.