Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 280296
  • Autor : Magister Curiae
  • Consultas en Foro: 11
  • Respuestas en Foro: 1120
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 7463
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 389553

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    garovalo continúa demostrando que es un "abogado diesel"

    En efecto, en materia civil, mercantil, administrativa, laboral, es inexistente la figura de la víctima y se le denomina actora o demandada, mientras que a su abogado se le denomina "abogado patrono".

    Solamente en derecho penal existe la víctima que usualmente es la misma ofendida o la denunciante ó querellante, entretanto que su abogado es denominado "asesor jurídico".

    Esta es una nueva lección de derecho para el "abogado dice él" (garovalo).