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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Junio de 2016 19:06 2016-06-09 19:06 desde IP: 189.180.205.67
tu obligación laboral... es trabajar los sábados... y si a los demás no les pagan... o les pagan... no es de tu incumbencia ... a ti solo te incumbe lo tuyo... si no trabajas... se te descontara... y tres veces sin cumplir... pueden pasar a cuatro.... y entonces se te rescindirá la relación de trabajo por tu culpa... fracción X del artículo 47 de la ley federal del trabajo... piensa lo que haces...
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