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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Junio de 2016 17:20 2016-06-03 17:20 desde IP: 201.141.195.193
Buenas tardes.
Debe contratar un abogado y que el presente un incidente por incremento de pensión alimenticia, pero se debe acreditar la capacidad económica del deudor y que su necesidad económica es mayor.
Este criterio lo sostuvo los Magistrados de un Tribunal Colegiado: ALIMENTOS, INCREMENTO EN EL PORCENTAJE DE. PARA SU PROCEDENCIA SE REQUIERE LA DEMOSTRACIÓN NO SÓLO DE LA NECESIDAD DEL ACREEDOR, SINO TAMBIÉN LA CAPACIDAD ECONÓMICA DEL DEUDOR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE GUANAJUATO).
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“Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”
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