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  • Consulta : 279830
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 388623

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tendrá que hacer un juicio de Cese de Pensión Alimenticia demandando a ambos hijos notificandoles en los diferentes lugares donde viven. Por un lado, el hijo de 18 años que aún está en la Preparatoria y es mal estudiante, podrá demandarle el cese, toda vez que ya cuenta con la mayoría de edad, previéndo la ley que ya cuenta con los elementos necesarios para sostenerse, amén de que es un mal estudiante, situación que tendrá que acreditar usted y su abogado. Por otra parte, aunque su hija es menor de edad, ya vive en concubinato con su pareja y ha tenido un hijo de él, esa condición obliga al padre de su nieto sufragar ahora los alimentos de su hija y lo liberaría de la pensión, situación que debe de acreditar con testimoniales y el acta de nacimiento de su nieto en copia certificada. Su abogado sabrá que hacer