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  • Consulta : 279769
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 388490

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mire, la empresa cuenta con 5 días para notificar al trabajador por medio de la junta, causa de rescisión laboral no imable al patrón, se contabiliza a partir de que la empresa tiene conocimiento del robo. Situación que ya pasó el término, por lo consiguiente es despido injustificado. Su esposo tiene que demandar cuanto antes el despido injustificado. Contrate los servicios de un abogado especialista en materia laboral y si no cuenta con los recursos, acuda a la procuraduría de la defensa del trabajo.