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  • Consulta : 279767
  • Autor : Monic
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  • Autor
    Respuesta No: 388461

  • Monic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Hola Nubiamz, el tramite que mencionas como "cancelación de apellidos" no existe, porque es un derecho de los menores tener los apellidos de los padres, aun cuando en tu consulta refieres que no es el padre biológico de tu hijo, esa circunstancia no te favorece, porque declararon con falsedad al momento de registrar al menor; lo procedente en este caso, desde mi punto de vista es que siendo tu ex pareja legalmente el padre de tu hijo, se encuentra obligado a proporcionarle alimentos y a velar por el bienestar y la seguridad del menor; si hace cinco años que no sabes de él puedes demandarle civilmente la perdida de la patria potestad por falta del pago de una pensión alimenticia a favor de tu hijo, manifestando que desconoces su paradero, el juez esta obligado a girar los oficios de búsqueda a las dependencias y empresas que él considere pertinente para que informen si se encuentra un domicilio registrado a nombre de tu ex y de esa forma localizarlo; en caso de que informen manifestando que no aparece ningún domicilio procede que se le notifique por edictos y el boletín judicial y si no aparece el juicio se va en rebeldía; otra opción que tienes es querellarte esto es presentarte ante el Ministerio Público y relatar que hace cinco años que tu ex ha dejado de darle alimentos a tu menor hijo, ya que so constituye un delito, debes presentar el acta de nacimiento del niño y dos testigos que sepan y les conste que tu ex no le ha dado pensión alimenticia a tu hijo y que desconoces su paradero, pero esos testigos deben saber porque te han prestado o ayudado con dinero o cosas para tu hijo, no que tu les hayas contado porque serían testigos de oídas; una vez que se integre la averiguación acude al DIF donde hay abogados procuradores o a defensoria de oficio o alguna asociación civil que brindan servicio legal gratuito, pero te sugiero que no manifiestes que tu ex no es el padre porque de hacerlo así te verías en la necesidad de promover el desconocimiento de la paternidad y tienes que probarlo a través de una prueba de ADN que es costosa y el pago correría por tu cuenta; del otro modo tienes la ventaja de que la representación legal seria gratuita porque las autoridades están obligadas a velar por el interés superior de los menores.