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  • Consulta : 279577
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 388080

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Existen dos tipos de nulidades en las sentencias administrativas, la nulidad para efectos y la nulidad lisa y llana. En el primer caso se ordena a la autoridad emita una nueva resolución, en el segundo puede esta autoridad promover la apelación y cuenta con diez días hábiles a partir del día siguiente en que le notifiquen. Luego entonces debe esperar a que la sentencia quede firme.