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AutorRespuesta No: 388080
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Abril de 2016 12:46 2016-04-12 12:46 desde IP: 201.141.141.63
Existen dos tipos de nulidades en las sentencias administrativas, la nulidad para efectos y la nulidad lisa y llana. En el primer caso se ordena a la autoridad emita una nueva resolución, en el segundo puede esta autoridad promover la apelación y cuenta con diez días hábiles a partir del día siguiente en que le notifiquen. Luego entonces debe esperar a que la sentencia quede firme.
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