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Fecha de respuesta: Martes 08 de Marzo de 2016 12:40 2016-03-08 12:40 desde IP: 168.255.251.4
En realidad solo tienes que llevar al niño a tu casa, porque ejerces sobre el la patria potestad, no es necesario trámite alguno ya que no existe controversia. Con los antecedentes que refieres tendrias ventaja si en algun momento se presentara una controversia respecto de la custodia del niño. Saludos
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