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AutorRespuesta No: 387583
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Fecha de respuesta: Domingo 06 de Marzo de 2016 08:26 2016-03-06 08:26 desde IP: 201.141.254.136
Sugerencia: Acuda al Instituto de Justicia Alternativa de su entidad. Ley de Justicia Alternativa del Estado de Chihuahua Artículo 1. Las disposiciones contenidas en la presente Ley son de orden público, interés social y observancia general en todo el territorio del Estado. […] Artículo 9. Los mecanismos alternativos previstos en esta Ley fomentarán la convivencia armónica y la cultura de paz social a través del diálogo, mediante procedimientos basados en la prontitud y la satisfacción de las partes. […] Artículo 13. Tratándose de personas físicas, los usuarios de los mecanismos alternativos deberán asistir de forma directa. Las personas morales lo harán por conducto de sus representantes con facultades expresas para transigir, en los términos de la legislación respectiva. //congresochihuahua.gob/biblioteca/leyes/archivosLeyes/1164.pdf
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