Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 278999
  • Autor : HaziiR2
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 5
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3666
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 387336

  • HaziiR2
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas tardes. En cuanto a su situación, le informo que el Registro Público no tiene facultad para ceder los bienes, es un órgano administrativo. Si existe tal cesión sería conveniente que nos facilitara una copia simple del documento de cesión de derechos para comprobar si autenticidad. Por otra parte para hacer valer una declaración verbal es necesario comprobarlo, por lo que si usted aun no ha firmado nada, todavía tiene derecho sobre la herencia y podria intervernir en el juicio para pedir la repartición equitativa de los bienes. Espero nuestra asesoría haya sido de ayuda. Para cualquier otra información sobre asesorías o cotización, no dude en contactarse al siguiente teléfono: 044 5570578396 o 5534029724. O en nuestro facebook Despacho Jurídico Beltrán y Asociados.