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  • Consulta : 277723
  • Autor : DAGR76
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  • Autor
    Respuesta No: 385742

  • DAGR76
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    antes que nada, debo comentar que con independencia, a la separación, son tus hijos, y debes dejar de lado el sentimiento hacia tu ex esposa, por otro lado el hecho de ser mayores de edad, no es sinonimo de dejar de dar alimentos, sólo si ya no estudian, si ya se casaron o juntaron, si el año de escuela no es acorde a su edad, entre otros.

     

    Para el caso de que ya fueren mayores de edad, habrá de hecerlo del conocimiento del Juez, para que declare, que ya son maores de edad y se efefctue en su caso el pago de la pensión alimenticia entre usted y el hijo mayor de edad.