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  • Consulta : 277206
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 385622

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Evidentemente necesita de abogado especialista en la materia. La notificación en la que solicita la entrega del inmueble y la terminación del contrato de comodato debe hacerla por conducto de un Juez de los Civil o Notario Público. Por otra parte los obligados a pagar los gastos de mantenimiento del inmueble incluido el impuesto predial y los gastos particulares como la Luz y  agua, corresponde a los comodatarios por la propia naturaleza de un contrato de comodato, Usted no tenía por qué hacerlos. No funciona el hágalo Usted mismo. Sólo cuídese de los coyotes que se la viven en este foro publicando datos de contacto y se ponen "a sus órdenes".