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  • Consulta : 277023
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 385495

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Solamente le corresponde el pago de las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.

    Y en caso que tenga más de 15 años de antigüedad, la prima de antigüedad, consistente en 12 días de salario por cada año de servicios, que sepaga con el equivalente a 2 veces el salario mínimo; si tiene 15 años o menos, no le corresponde esta prestación.