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  • Consulta : 276740
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted es despedido injustificadamente, tiene derecho al pago de 3 meses de salario por concepto de inmdenización constitucional; 12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, que se paga con el equivalente a 2 veces el salario mínimo general vigente en su lugar de trabajo; partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, así como sueldos y prestaciones devengadas.

    Para efecto de la indemnización, se toma el salario integrado que corresponde a la cuota fija, y el promedio de las comisiones devengadas durante el año anterior a la fecha del despido.

    Por otra parte, se pretenden reubicarlo, es casi cierto que entonces la empresa estará incurriendo en una causal que le permite a usted rescindir el contrato de trabajo sin su responsabilidad, por lo que si ello ocurre, además de las prestaciones ya detalladas, también podrá demandar el pago de 20 días de salario integrado por cada año de servicios prestados.

    Asístase en cualquier caso de abogado especialista en Derecho Laboral, y no firme al patrón ningún documento, ni recibo, finiquito, liquidación, renuncia nji cualquiera otro que le exija, ya que podría valerse de él para aducir en el juicio que no lo despidió, sino que usted renunció voluntariamente.