- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 276699
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 385349
-
Fecha de respuesta: Viernes 11 de Septiembre de 2015 20:02 2015-09-11 20:02 desde IP: 189.217.18.63
Cuenta Usted con quince días para demandar la nulidad de la visita y en consecuencia de la posible multa, esto debe hacerlo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Puede acudir a la Procuraduría de Defensa del Contribuyente.
-
Autor