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  • Consulta : 275176
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 384777

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El abadono de hogar no es delito ni falta adminsitrativa, de hecho no es nada, y menos si no existe matrimonio ni domicilio conyugal que se pueda abandonar.  Si el menor no lo reconoció, sólo le podrán demandar el reconocimiento con la prueba genética. Sin embargo si los abuelos lo registraron como hijo, los que tienen el probleme son ellos.