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Fecha de respuesta: Martes 25 de Agosto de 2015 11:28 2015-08-25 11:28 desde IP: 189.134.228.122
Supongo que lo que tienes es una pensión por IPP producto de un riesgo de trabajo.
No indicas cuánto tiempo trabajaste antes de tu accidente.
Pero al iniciar a cotizar antes del 1 de julio del 97 estás en posibilidad de obtener una pensión de cesantía por régimen 73.
Pero esto sería hasta los 60 años.
Mi consejo es que trates de reingresar a cotizar por lo menos un año y reactives tus derechos pensionarios y de ahí, en caso de dejar de trabajar, sigas aportando en la Continuación Voluntaria.
Al llegar a los 60 obtendrías una pensión por cesantía que se sumará a tu pensión por IPP.
Por ahora solo puedes hacer retiros parciales por desempleo cada cinco años, pero esto te restará semanas cotizadas.
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