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  • Consulta : 274688
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Supongo que lo que tienes es una pensión por IPP producto de un riesgo de trabajo.

    No indicas cuánto tiempo trabajaste antes de tu accidente.

    Pero al iniciar a cotizar antes del 1 de julio del 97 estás en posibilidad de obtener una pensión de cesantía por régimen 73.

    Pero esto sería hasta los 60 años.

    Mi consejo es que trates de reingresar a cotizar por lo menos un año y reactives tus derechos pensionarios y de ahí, en caso de dejar de trabajar, sigas aportando en la Continuación Voluntaria.

    Al llegar a los 60 obtendrías una pensión por cesantía que se sumará a tu pensión por IPP.

    Por ahora solo puedes hacer retiros parciales por desempleo cada cinco años, pero esto te restará semanas cotizadas.