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  • Consulta : 273175
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 383862

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    El convenio en que dos o más personas adquieren derechos y obligaciones recíprocas, se denomina contrato.

    En su caso, lo que celebraron es un contrato, aunque se le haya dado la denominación de convenio.

    Esa cuestión no puede generar polémica, ya que expresamente así lo señala la codificación civil.