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Tradicional Foro de consultas
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- Autor : Ochoa, Donis S.C.
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AutorRespuesta No: 383417
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Julio de 2015 23:50 2015-07-23 23:50 desde IP: 189.217.4.191
Sólo si su hermana lograra que la beneficiara del título de crédito se lo endosara en propiedad pudiera demandarle a Usted por ese documentos, que de ser el caso y si no puede acreditar haber realizado el pago procederá no sólo al embargo de bienes sino a una sentencia condenatoria. El hecho de que tenga la escritura de su casa ni le beneficia ni le perjudica ya que por sí mismas no tienen más valor que la acreditación de un derecho pero que no se puede tranferir con un endoso como el voxpópuli lo cree.
Si su hermana llegara a demandarle por la vía ejecutiva mercantil con un endoso en propiedad, deberá contestar dando vista al MP por un endoso de malla fe a efecto de que Usted no pudiera oponer excepciones personales en contra del beneficiario al que, de darse el caso de un endoso en procuración, podría ofrecer la confesional para que manifestara ante la presencia judicial que el documento basal le fue pagado.
Necesita de abogado especialista en la materia pero cuídese de los coyiotes que se la viven en este foro publicando datos de contacto y con celular porque ni oficina tienen.
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