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AutorRespuesta No: 383403
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Julio de 2015 20:28 2015-07-23 20:28 desde IP: 189.136.80.186
Primero, tienes que ver a nombre de quien está inscrito en el registro público de la propiedad y del comercio el inmueble. 1.- Si la pesona que esta inscrito en el registro público de la propiedad y del comercio es el mismo que te vendió, demandas el juicio de otorgamiento y firma de escritura. 2.- Si el predio no está inscrito a nombre del que te vendió, podrías demandar un juicio de prescripción positiva. 3.- Si la persona que te vendió ya murió, y es el mismo que se encuentra inscrito en el registro público de la propiedad, hay quie demandar a la sucesión para el otorgamiento y firma de escritura. Siempre y cuando tenga el contrato de compraventa original y recibo de finiquito. Acercate a un abogado, no dejes problemas a tus hijos
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