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  • Consulta : 272080
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 383077

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted cuenta con quince días para demandar la nulidad ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Adminsitrativa, y como la obligación es de tracto sucesivo, es decir que cada que le llega un nuevo recibo incia la cuenta de esos quince días, está en tiempo para hacerlo. Pero primero presente una queja ante Profeco, eso no resolverá el problema pero con ello evitará que le corten el servicio, y paralelamente la demanda de nulidad ente el TFJFA, acuda a la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente.