- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 270596
- Autor : Luis_R.
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 584
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 4415
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 382461
-
Fecha de respuesta: Jueves 02 de Julio de 2015 17:18 2015-07-02 17:18 desde IP: 201.138.153.17
Necesita un abogado. El juez es simple rector del procedimiento y no su abogado. Por lo tanto usted por conducto de su abogado debe de tramitar la cancelacion ante el juez de la causa asi como su guarda y custodia .y en su caso lleva Personalmente el oficio de cancelacion a su trabajo para que le dejen de descontar. Saludos cordiales.
-
Autor