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  • Consulta : 270358
  • Autor : Gustavo_va7
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    Respuesta No: 382357

  • Gustavo_va7
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si es verdad lo que dices en cuanto a que tienes el acta de nacimiento de tu hija, y que esta lleva tus apellidos porque si la reconociste como hija tuya, entonces... tienes la patria potestad. para resolver el problema de que no te dejan ver a tu hija, entonces necesitas contratar a un abogado para que promuevas, ya sea un juicio de derechos de convivencia o de plano uno en donde pidas la guarda y custodia de tu menor hija. yo en lo personal te recomendaria uno en donde se establesca una custodia compartida, ya que esta da derechos de convivencia para ambos padres en partes iguales. ojo, el que des o no des alimentos, no impide que no veas a tu hija.