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  • Consulta : 269331
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 381902

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mi estimado Lic. Rulcadena. En mi contestación jamás dije de un procedimiento de reconocimiento y ese no es el fin de mi asesoría, dije levantar un acta informativa, que aunque es una declaración unilateral acarrea presunción en un caso de divorcio, no como medio de sancionar sino como hecho que el cliente quiere que se manieste, aunque su relevancia juridica para el procedimiento actual quedaría como una simple manifestación. Y en relación a la disolución de la sociedad conyugal hay que liquidarla despues del dicorcio. Un saludo Lic.