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  • Consulta : 268801
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 381590

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Debe querellarse ante el ministerio público por el posble delito de daño en propiedad ajena. Como es delito no se trata de pensar si puede o no pagar los daños, sino si quiere o no pasar la noche el reclusorio. Su abogado le explica, sólo cuídese de los coyotes que se la viven en este foro de asesoría gratuita publicando datos de contacto sin que nadie se los pida. Cuídate a ti mismo y mucho ojo.