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AutorRespuesta No: 381590
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Fecha de respuesta: Lunes 15 de Junio de 2015 01:52 2015-06-15 01:52 desde IP: 189.217.18.142
Debe querellarse ante el ministerio público por el posble delito de daño en propiedad ajena. Como es delito no se trata de pensar si puede o no pagar los daños, sino si quiere o no pasar la noche el reclusorio. Su abogado le explica, sólo cuídese de los coyotes que se la viven en este foro de asesoría gratuita publicando datos de contacto sin que nadie se los pida. Cuídate a ti mismo y mucho ojo.
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