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  • Consulta : 268751
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En primer lugar, debo aclararle que si elpagaré que firmó la persona que menciona, tiene fecha de vencimiento el 15 de junio de 2015, entonces no está obligado a pagar el importe del documento ANTES de esa fecha, por lo que si ya hizo un pago de veinte mil dólares, edse pago lo realizó ANTES de que estuviera obligado a hacerlo.

    En caso que no liquide el 15 de junio de 2015 (NO ANTES) el saldo insoluto, entonces, A PARTIR DEL 16 DE JUNIO DE 2015, usted tendrá que contratar a un abogado especialista en Derecho Mercantil para que, una vez que le endose el pagaré EN PROCURACIÓN DE COBRO, demanda al suor en la vía ejecutiva mercantil.

    El abogado que contrate determinará, de acuerdo a las menciones contenidas en el documento, si quien lo suscribió lo hizo a título personal o como representante legal de la empresa que usted menciona.