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  • Consulta : 268239
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 381301

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Solamente le corresponde el pago de la prima de antigüedad, que son 12 días de salario por cada año de servicios prestados, la que se paga con un salario máximo equivalente a 2 veces el salario mínimo general ($ 140.20 diarios), más las partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguiando, así como los salarios y prestaciones devengadas a la fecha en que renuncie.

    No le corresponden los 3 meses, dado que no lo están despidiendo injustificadamente.

    No obstante lo anterior, puede negociar con el patrón la posibilidad de que le entreguen alguna cantidad adicional a lo que legalmente le corresponde, como gratificación por el tiempo trabajado.