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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Mayo de 2015 14:59 2015-05-22 14:59 desde IP: 187.175.154.191
Buen dia, debe iniciar el procedimiento con una demanda de reconocimiento de paternidad para que se inicie el mismo, la pension segun la SCJ es retroactiva al momento del nacimiento asi que no tiene que preocuparse por el tiempo no ha dado pension el padre, espero esta informacion le sirva y quedo a sus ordenes.
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