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AutorRespuesta No: 379887
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Mayo de 2015 10:16 2015-05-17 10:16 desde IP: 187.176.101.171
El hecho que usted devuelva la cantidad defraudada, no hace que el delito no lo haya cometido; además, la comisión del delito conlleva por lógica la obligación de reparar el daño causado, y dicha reparación consiste precisamente en la devolución de lo defraudado.
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