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  • Consulta : 265750
  • Autor : Lic. Anguiano
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  • Autor
    Respuesta No: 379718

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches:

    Todo depende, si su ex esposa las adquirió antes del matrimonio o las recibió en herencia a donación durante el matrimonio, dichas propiedades no entran en los bienes de la sociedad conyugal, por lo tanto Ud. no puede reclamarle nada, pero si las adquirió durante el matrimonio y las ocultó o las escrituró haciéndose pasar por soltera, Ud. puede vía incidental pedirle al juez que se liquiden dichos Bienes y que se reparta el producto obtenido en partes iguales ya que los multicitados bienes fueron ocultados durante la liquidación de la sociedad conyugal en su perjuicio.

    Espero que esta información le sea de utilidad.

    Saludos Cordiales

    Lic. Anguiano