Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 264666
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3654
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 379020

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Asístase INMEDIATAMENTE de un abogado especialista en Derecho Laboral, o bien, solicite a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo que le asignen a uno de oficio; pero PPOR NINGÚN MOTVO, permita que los pseudo abogados que contrató (coyotes) continúen con su asunto, ya que ni siquiera podrán asistirlo durante la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ya que no cuentan con cédula profesioal ni título, requisitos indispensables para que la Junta de conciliaciín les permita intervenir en su representación.

    Por otra parte, si el patrón no le entrego AVISO ESCRITO, entonces, por esa simple omisión, el despido se convierte en injustificado, pues el artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo así lo establece.

    El a bogado que contrate, o el de oficio de la Procuraduría, saben cómo revocar a los coyotes a quienes les otorgó la carta poder.