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  • Consulta : 262932
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 378006

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Que usted está obligado a cumplir con el convenio hasta que sus hijos concluyan sus estudios profesionales o adquieren un oficio acorde a las circunstancias personales de cada uno de ellos.

    En su caso, si sus hijos ya adquirieron la mayoría de edad, entonces la madre no puede proceder en contra suya como representante legal de ellos, precisamente porque quedaron emancipados y, por tanto, sólo ellos pueden reclamarle el cumplimiento del convenio e, inclusive, exigirle el pago de cualqueir cantidad que no haya cubierto por concepto de dicha pensión alimenticia.