- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 262932
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 378006
-
Fecha de respuesta: Jueves 16 de Abril de 2015 20:05 2015-04-16 20:05 desde IP: 187.176.101.171
Que usted está obligado a cumplir con el convenio hasta que sus hijos concluyan sus estudios profesionales o adquieren un oficio acorde a las circunstancias personales de cada uno de ellos.
En su caso, si sus hijos ya adquirieron la mayoría de edad, entonces la madre no puede proceder en contra suya como representante legal de ellos, precisamente porque quedaron emancipados y, por tanto, sólo ellos pueden reclamarle el cumplimiento del convenio e, inclusive, exigirle el pago de cualqueir cantidad que no haya cubierto por concepto de dicha pensión alimenticia.
-
Autor