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  • Consulta : 262608
  • Autor : Lic. Anguiano
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  • Autor
    Respuesta No: 377937

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo importante es saber si Ud. firmó un contrato de crédito automotriz o una solicitud de crédito, si fue contrato, Ud. puede demandar el incumplimiento de contrato con la respectiva devolución de las cantidades pagadas y los daños y perjuicios que se le han ocasionado o exigirle a la empresa automotriz su cumplimiento, ya que legalmente el ser pensionado de cualquier institución, no es causal de nulidad de contrato.

    Espero que esta información le sea de utilidad.

    Saludos Cordiales.

    Lic. Anguiano