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  • Consulta : 262354
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 378242

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con independencia de que las personas a que usted se refiere, no sean propietarios de los inmuebles y tengan una posesión, además de preciaria, ilícita, finalmente tienen esa posesión y constitucional y legalmente, nadie puede perturbarla, sino es mediante juicio seguiro ante los tribunales competentes.

    Si usted se introduce a cualqueira de esas casas invadidas o de cualquier forma evita que hagan uso de las fincas como lo menciona, entonces usted estará incurriendo en el delito allanamiento de morada o, inclusive, despojo de inmueble.

    Por el contrario, si sin tener derecho alguno, "se roban" el agua de otra vivienda, entonces, el dueño de ésta es quien podrá presentar la denuncia correspondiente; igual, si estacionan su vehpiculo bloqueando la entrada de a la cochera de otro vecino, el interesado podrá solicitar al departamento de vialidad y tránsito que sea retirado ese automóvil que le obstruye el acceso a su vivienda; pero siempre, en todo caso, sólo podrá actuar el interesado.