- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 257746
- Autor : Maestro en Dx Ar
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 78
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3654
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 375289
-
Fecha de respuesta: Jueves 26 de Febrero de 2015 22:17 2015-02-26 22:17 desde IP: 189.217.145.228
La Prima de Riesgo de Trabajo se determina con los accidentes ocurridos dentro de la empresa ya que los de tránsito y de enfermedad general no entran en el cálculo, por lo que debe de contar con los formatos de riesgo de trabajo las incapacidades correspondientes y la alta de riesgo.
El IMSS emite una incapacidad y dos copias, una para el patrón y otra el IMSS y el original el trabajador quien éste a su vez la cambia por dinero en efectivo.
Si cuenta con los datos del trabajador y los días de incapacidad, como es la hoja de riesgo y la alta, solicite se certifique una copia de la incapacidad que queda en poder el IMSS o de la que regresa el banco cuando la paga.
Saludos
Lic. y M.D. Ariel Reyes
-
Autor