- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 256727
- Autor : Tamaic
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 107
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3668
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 374814
-
Fecha de respuesta: Miércoles 18 de Febrero de 2015 08:13 2015-02-18 08:13 desde IP: 200.95.139.84
La sucesión la puedes tramitar ante notario público o por medio de un abogado. Dependiendo de la cuantía del bien inmueble, puede que sea unicamente con el notario público y si la cuantía es inferior a lo solicitado puedes tramitar indistintamente con el notario público o abogado.
Vaya teniendo listo las actas de defunción y de matrimonio de sus padres, además de su acta de nacimiento. Saludos.
-
Autor