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  • Consulta : 256727
  • Autor : Tamaic
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  • Autor
    Respuesta No: 374814

  • Tamaic
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    La sucesión la puedes tramitar ante notario público o por medio de un abogado. Dependiendo de la cuantía del bien inmueble, puede que sea unicamente con el notario público y si la cuantía es inferior a lo solicitado puedes tramitar indistintamente con el notario público o abogado.

    Vaya teniendo listo las actas de defunción y de matrimonio de sus padres, además de su acta de nacimiento. Saludos.