Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 256475
  • Autor : marcomcmlx
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1907
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3673
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 374713

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si haces uso del derecho de portabilidad te pensionarías por el IMSS solamente.

    Si no lo haces te puedes pensionar por el ISSSTE haciendo uso del derecho que se mantuvo al no retirar tus aportaciones.

    En este caso, no te podrías pensionar por el IMSS ya que por el año en que entraste a cotizar en este instituto deberías acumular 1250 semanas (24 años).