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AutorRespuesta No: 374713
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Febrero de 2015 12:28 2015-02-16 12:28 desde IP: 189.134.112.40
Si haces uso del derecho de portabilidad te pensionarías por el IMSS solamente.
Si no lo haces te puedes pensionar por el ISSSTE haciendo uso del derecho que se mantuvo al no retirar tus aportaciones.
En este caso, no te podrías pensionar por el IMSS ya que por el año en que entraste a cotizar en este instituto deberías acumular 1250 semanas (24 años).
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