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  • Consulta : 251670
  • Autor : Rosario Navarro
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  • Autor
    Respuesta No: 372336

  • Rosario Navarro
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si, efectivamente, deben pagarte del 1 de octubre del 2014 al 31 de enero del 2015.

    tu parte proporcional de vacaciones que no te hayan sido otorgadas  y de prima vacacional y tu prima de antiguedad en los terminos que te comenté. Saludos