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  • Consulta : 251093
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 371878

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Para poder darle una respuesta correcta respecto del valor probatorio que pudieran tener las actuaciones relativas a la violenciaintrafamiliar que usted señala, y que deberá ofrecer en copia certificada, ya que las fotostáticas simples carecen de todo valor, sería necesario conocer por cuál o cuáles de las causales que para la pérdida de la patria potestad contempla el artículo 598, del Código Civil del Estado de Jalisco (Estado que usted señala como el de su referencia, invocó su abogado en la demanda.

    Sin embargo, para que el Juez condene al padre de las menores a perder la patria potestad, sería suficiente con que se acreditaran las conductas nocivas en que ha incurrido dicho ascendiente, consistentes en el abandono de sus obligaciones alimenticias y de convivencia con las niñas, por lo que demostrada dicha causal con la declaración de los testigos (que deberán ser adecuadamente preparados), será suficiente para que sea condenado a perderla.

    Respecto al tiempo que tardaría la sentencia después de que se lleve a cabo la audiencia de escucha del menor, dependerá en qué momento se celebra la misma; so se lleva a cabo durante el desahogo de pruebas y después de agotada la etapa; si se realiza en la fase de recepción de pruebas, solamente tendrá que pasarse al período de alegatos para que el juicio quede en estado de citación para sentencia, en caso contrario, ese período de alegatos tendrá que posponerse hasta que se de la escucha de las menores.