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  • Consulta : 251092
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si su esposo hace vida en común con otra mujer, pero no está casado civilmente con ella, no incurre en conducta de bigamia, ya que para que ésta se configure, es necesario que la persona contraiga matrimonio civil sin haber disuelto el anterior; en todo caso, tanto él como usted,al tener ambos otra pareja, estarán cometiendo adulterio, de forma tal que cualquier podrá promover el divorcio necesario por ese motivo.

    Por otra parte respecto la convivencia que debe tener con sus hijos, lo más conveniente es que, asistida de un abogado especialista en Derecho Familiar, presente la demanda correspondiente para que, por un lado promueva la disolucióin de su matrimonio y, por otro, el Juez determine el régimen de convivencia, ya que ésta es un derecho de los hijos, no de los padres, y ninguno de ellos tiene facultades para impedirlo.