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AutorRespuesta No: 371285
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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Diciembre de 2014 09:30 2014-12-11 09:30 desde IP: 189.211.135.22
Para que usted pueda ser desalojado del departamento que tiene en arrendamiento, es necesario que el arrendador presente en su contra una demanda, reclamando la rescisión del contrato de arrendamiento, para lo cual, debe existir un incumplimiento de parte suya a cualquiera de las obligaciones que contrajo en el contrato.
Si se encuentra al corriente en el pago de las rentas y las cuotas de mantenimiento, si al inmueble le da el uso convenido en el contrato e, igualmente, si ha observado todas y cada una de las obligaciones que como arrendatario le corresponden, entonces no podrá ser desalojado; con mayor razón, cuando el administrador carece de facultades para ejercer en su contra cualquier acción civil de esa naturaleza.
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