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  • Consulta : 250324
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 371289

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Acuda inmediatamente a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo; el hecho que para el patrón, usted sea comisionista, no lo priva de los derechos que a su favor consagra la Ley Federal del Trabajo; desafortunadamente, respecto las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, sólo podrá reclamar las del año 2013 y el actual; en cuanto al Seguro Social, puede demandar su inscripción retroactiva a partir de la fecha en que empezó a prestar sus servicios.

    En la Procuraduría le asignarán a un abogado de oficio que se encargue de llevar a cabo los trámites.