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  • Consulta : 249118
  • Autor : LIC ESTRADA
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  • Autor
    Respuesta No: 370694

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: Para abundar un poco la asesoria, señalada, y en efecto dar vida a la inconstitucionalidad del concepto de violacion, yo plantearia nuevamente mediante un escrito la peticion de arraigo, ( deben analizar de que delito se trata) por los motivos aludidos anexando, historial clinico, y estado fisico, pero esto se debe tramitar como un incidente no especificado, obvio...que negaran ese beneficio, y en contra de ese incidente ahora si tendran perfectamente estructurado el acto reclamado, acorde el articulo 1 Constitucional, ojo eso es fundamental acerca del derecho a la vida, por medio de la salud, y con la respuesta tendran en sus manos el recurso de apelacion y en caso de ser negativo el amparo, el cual se los van a conceder...pero deben seguir todos y cada uno de los lineamientos, pues si se van directo al amparo indirecto, no tendra fuerza un tribunal de garantias para pedirle que el juez de instruccion por cuestiones humanitarias conceda dicha medida cautelar....suerte.

    LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail

    cel. 55 43442775....... Asesoria en linea por what sapp.